Alejandro Martínez Castañeda
La economía social y solidaria constituye un modelo alternativo a la economía tradicional, y hace referencia a las empresas y organizaciones que producen bienes, servicios y conocimientos que atienden las necesidades de la comunidad a la que sirven, permitiendo lograr objetivos sociales y medioambientales específicos.
De acuerdo al Instituto Nacional de Economía Social (INAES), la economía social y solidaria es el conjunto de iniciativas socioeconómicas y culturales basadas en un cambio de paradigma, cuyos fundamentos son el trabajo colaborativo de las personas y la propiedad colectiva de los bienes, donde se persigue impulsar relaciones de solidaridad “espíritu comunitario e involucramiento en el desarrollo de la sociedad y el crecimiento productivo de las localidades”.
Otros autores refieren que “la economía solidaria en sus formas más diversas es una manera de vivir que abarca la integralidad de las personas y designa la subordinación de la economía a su verdadera finalidad: proveer de manera sostenible las bases materiales para el desarrollo personal, social y ambiental del ser humano”.
En tanto, la Ley de la Economía Social y Solidaria puntualiza que “el sector social de la economía se conforma por los ejidos, comunidades, organizaciones de trabajadores, sociedades cooperativas, empresas que pertenezcan en su mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y en general todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios”.
La Red de Redes de Economía Alternativa y Solidaria (REAS) plantea una Carta de Principios de la Economía Solidaria. Se trata de los rasgos que orientan tanto la visión como la práctica de las organizaciones de Economía Solidaria y sus relaciones con otros agentes, así como el proyecto económico, social y político que impulsa el movimiento en su conjunto.
1. PRINCIPIO DE EQUIDAD: Es un valor que reconoce a todas las personas como sujetos de igual dignidad, y protege su derecho a no estar sometidas a relaciones basadas en la dominación sea cual sea su condición social, género, edad, etnia, origen, capacidad, etc.
2. PRINCIPIO DE TRABAJO: Afirmamos la importancia de recuperar la dimensión humana, social, política, económica y cultural del trabajo que permita el desarrollo de las capacidades de las personas, produciendo bienes y servicios, para satisfacer las verdaderas necesidades de la población (nuestras, de nuestro entorno inmediato y de la comunidad en general).
3. PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL: Consideramos que toda nuestra actividad productiva y económica está relacionada con la naturaleza, por ello nuestra alianza con ella y el reconocimiento de sus derechos es nuestro punto de partida.
4. PRINCIPIO DE COOPERACIÓN: Queremos favorecer la cooperación en lugar de la competencia, dentro y fuera de nuestras organizaciones vinculadas a la Red, buscando la colaboración con otras entidades y organismos públicos y privado.
5. PRINCIPIO “SIN FINES LUCRATIVOS”: El modelo económico que practicamos y perseguimos tiene como finalidad el desarrollo integral, colectivo e individual de las personas, y como medio, la gestión eficiente de proyectos económicamente viables, sostenibles e integralmente rentables, cuyos beneficios se reinvierten y redistribuyen.
6.- PRINCIPIO DE COMPROMISO CON EL ENTORNO: Nuestro compromiso con el entorno se concreta en la participación en el desarrollo local sostenible y comunitario del territorio. Nuestras organizaciones están plenamente integradas en el territorio y entorno social en el que desarrollan sus actividades, lo que exige la implicación en redes y la cooperación con otras organizaciones del tejido social y económico cercano, dentro del mismo ámbito geográfico.
Para más información, consultar: https://www.economiasolidaria.org/carta-de-principios-de-la-economia-solidaria/