Aurora López Nambo
Pátzcuaro, Mich., En base a verificación realizada, el Instituto Michoacano de Acceso a la Información Pública, determinó que el OOPAS Pátzcuaro, encabezado por el licenciado Efraín Pérez Lombera, cumplió con las obligaciones de transparencia en el presente año.
El resolutivo firmado por Juana Ilse López Salazar, verificadora del IMAIP, establece que de la verificación realizada, se desprende que el sujeto obligado, en este caso el Pro Mantenimiento del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Pátzcuaro, Michoacán, cumplió con sus obligaciones de transparencia comunes, esto en lo que corresponde al periodo actual, específicamente en lo relativo al artículo 35, fracciones II, IV, VII, VIII, IX, XII, XV, XVII, XXI y XXVII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 52, fracción II, de la Ley de Transparencia y Décimo Primero de los Criterios Generales, se ordena dar vista al Pleno de este Instituto con el presente Dictamen de Cumplimiento, a través de la Secretaría General, para que, en su oportunidad, determine y apruebe su validación.
Aunado a lo antes expuesto, se precisó que esta verificación fue y se realiza con la finalidad de corroborar que la información publicada en el portal de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia del sujeto obligado esté completa y que la actualización haya sido realizada en tiempo y forma, es decir, que cuente con los elementos de forma, términos, plazos y formatos establecidos en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia y así como en los Criterios Generales anteriormente aludidos.
La verificadora ingresó a los portales de internet www.opmsap.com así como a www.plataformadetransparencia.org.mx a efecto de constatar que la información referente a las obligaciones de transparencia comunes correspondientes al periodo actual esto es tercer trimestre, se encuentren publicada en términos del artículo 35, fracciones II, IV, VII, VIII, IX, XII, XV, XVII, XXI y XXVII de la Ley de transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo y Título Segundo y Capítulos I y II de los Criterios Generales, a efecto de constatar la información.
Es importante señalar que, el resultado de la calificación obtenida en el Reporte de Observaciones derivada de la Verificación Oficiosa 2020, así como las observaciones, recomendaciones y requerimientos que se identificaron, se notifica al sujeto obligado, por conducto de quién siguió la verificación mediante el sistema Tele Presencia y también mediante el correo electrónico que obra dentro del padrón oficial de sujetos obligados, ello, con fundamento en el Título Tercero, artículo Vigésimo Segundo de los Criterios Generales.