Estimado lector, en esta ocasión de compartimos cuáles son las causas por las que la
autoridad tributaria puede restringir y cancelar tu Certificado de Sello Digital (CSD), así
como los servicios gratuitos que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
(PRODECON) te brinda para proteger, promover, garantizar y defender tus derechos.
La restricción y/o cancelación del CFDI para una persona contribuyente puede afectar su
ejercicio comercial, laboral y fiscal pues esto trae como consecuencia la falta de liquidez,
retraso en pagos a proveedores, salarios de trabajadores, entre otros, toda vez que se
encuentra imposibilitado para la emisión de los CFDI.
Lo anterior, toda vez que dicha medida impide a las personas contribuyentes utilizar el
archivo digital que sella o firma la cadena original de los CFDI por lo que no es posible
emitir esos comprobantes
Las causas por los que la autoridad tributaria puede restringir temporalmente el
CSD a las personas contribuyentes en términos del artículo 17-H Bis, son las
siguientes:
- Omisión en la presentación de declaraciones.
- Que la persona contribuyente se encuentre no localizada en el Procedimiento
Administrativo de Ejecución o durante el ejercicio de facultades de comprobación. - Dar efectos fiscales a CFDI sin demostrar materialidad.
- Que el domicilio no cumpla requisitos fiscales.
- Diferencias entre montos declarados y cantidades amparadas en CFDI.
- Medios de contacto incorrectos dados de alta en el Buzón Tributario.
Derivado de lo anterior, es importante revisar constantemente la opinión del cumplimiento
de obligaciones fiscales para confirmar que no se tengan créditos fiscales susceptibles de
cobro o declaraciones pendientes de presentar, asimismo revisar la constancia de
situación fiscal para confirmar que efectivamente el estado del domicilio sea localizado y
finalmente verificar que los datos de contacto dados de alta en Buzón Tributario se
encuentren vigentes y sean los correctos, toda vez que es la vía por la cual la autoridad
tributaria puede dar a conocer a la persona contribuyente el oficio mediante el cual
determina la restricción y/o cancelación de su CSD.
Si te encuentras en alguno de estos supuestos puedes solicitar ante PRODECON, los
servicios gratuitos de Orientación y Asesoría y Quejas y Reclamaciones con al
finalidad de conocer si efectivamente existen inconsistencias que motiven la restricción
y/o cancelación del CSD y orientarte para corregirlas, así como realizar el seguimiento
respectivo al trámite correspondiente, o bien, conocer el oficio que señale los
fundamentos y motivos de la restricción, obtener respuesta al caso de aclaración que
presentes para desvirtuar los motivos, y solicitar a la autoridad que restablezca tu CSD al
día siguiente a que presentes el caso de aclaración por el que se aporte información para
desvirtuar la causal que motivó la restricción, como lo ordena el artículo 17-H bis del
Código Fiscal de la Federación.
En caso de que la autoridad tributaria restrinja o cancele tu Certificado de Sello Digital y
requieras mayor información te invitamos a que acudas a nuestras oficinas ubicadas en
Avenida Madero Poniente, número 630 Colonia Centro, C.P. 58000, Morelia, Michoacán,
agenda tu cita en el teléfono 44 37 79 14 80, ext. 2200, 2212 y 2214, o bien, al correo
electrónico delegacionmichoacan@prodecon.gob.mx, o ingresando a la página
www.prodecon.gob.mx.
Te recordamos que todos nuestros servicios son totalmente gratuitos.
¡Hasta pronto!